ELECCIONES 2020
En cabildo de oficiales celebrado el pasado 08/01/2020 y de acuerdo con lo establecido en Capítulo II del Título II de nuestras Reglas, así como conforme a las vigentes Normas Diocesanas, la Junta de Gobierno ha adoptado, entre otros, los siguientes ACUERDOS:
PRIMERO.- Convocar Cabildo General Ordinario de Elecciones que tendrá lugar en la sede de nuestra Hermandad el próximo día 25/06/2020, en horario comprendido entre las 18,30 y las 22 horas.
SEGUNDO.- Exponer por plazo de 30 días naturales comprendidos entre los días 25 de enero y 23 de febrero de 2020 el CENSO DE HERMANOS que incluirá a todos aquellos que, estando al corriente en el pago de sus cuotas y llevando, al menos, un año de antigüedad en la Hermandad, tengan cumplido para el día señalado para la celebración del cabildo general de elecciones la edad de 18 años. La inclusión o baja de hermanos podrá realizarse hasta que finalice el plazo de exposición indicado.
TERCERO.- Fijar como plazo para la presentación de candidatos el comprendido entre los días 1 de marzo y 1 de abril de 2020, debiendo dirigirse las solicitudes a la Secretaría de la Hermandad en horario comprendido entre las 20,30 y las 21,30 horas, de lunes a sábado y, en todo caso, antes de las 21,30 horas del día en que concluya el plazo, excluyéndose del mismo los domingos y festivos.
(NOTA: Debido a la pandemia del virus Covid19, y tras consulta elevada a la Autoridad Eclesiástica respecto al proceso electoral cuyos plazos venían marcados previamente, NO SERÁ NECESARIO que los candidatos que soliciten serlo tengan que aportar, en su caso, el certificado de matrimonio que exigen Nuestras Reglas, pues «dadas las circunstancias, no hay problema en que se admitan las candidaturas aun sin la referida documentación, la cual habrá de aportarse en cuanto sea posible». Os recordamos a su vez que el plazo vence el próximo día 1 de abril, pudiendo hacerse -como previamente se anunció- a este correo de Secretaría, hdad.amargura@gmail.com.)
Se recuerda a todos los hermanos con derecho a voto que para poder votar por carta deberán hacerlo por correo certificado con acuse de recibo, cumpliendo los requisitos recogidos en el art. 24, aptdo. 3º de nuestras Reglas, según el cual:
«Para los hermanos que aparezcan en el censo con domicilio fuera de la ciudad de Sevilla, se habilitará la posibilidad de votar por carta; posibilidad a la que podrán acogerse los hermanos por razón de enfermedad acreditada mediante Certificado Médico Oficial».
A tal fin, deberán previamente solicitar el voto por correo mediante modelo anexo, que deberá estar en poder de la Comisión Electoral antes del día 25 de mayo.
Pueden enviar esta solicitud bien por correo postal, (a la dirección: Hermandad de la Amargura, Calle Feria nº2, 41003 Sevilla), o bien por correo electrónico escaneando el documento (al correo: hdad.amargura@gmail.com).
Una vez solicitado el voto por correo, la Comisión Electoral enviara a los solicitantes, por correo certificado, las papeletas, los sobres y las instrucciones a seguir.
Se recuerda igualmente a todos los hermanos que será requisito indispensable para la validez del voto por correo que el número del D.N.I del hermano figure en el censo que sea definitivamente ratificado por el Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos.



